Ayudas para fomento de la comercialización de la artesania gallega e impulso de la competitividad IN201G

/ febrero 9, 2018/ Noticias

Beneficiarios

Titulares de talleres artesanales (personas físicas, jurídicas, CB) inscritas en el Registro General de Artesanía de Galicia.

Ayuntamientos gallegos

Asociaciones profesionales y empresariales de artesanos que cuando menos 10 de sus miembros figuren inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia                   

 

 Proyectos Subvencionables y cuantía de la ayuda

* PARA TITULARES DE TALLERES ARTESANALES:

  1. a) Participación como expositor en ferias profesionales de artesanía nacionales o celebradas en el extranjero en las cuales no se realiza venta directa con retirada de mercancía. 

     Subvención 80% con un máximo de 3.000 € por certamen.

  1. b) Participación como expositor en ferias no profesionales de artesanía, que se celebren en mercados nacionales o internacionales.

     Subvención 80% de la inversión, superior a 500 €. Máximo de subvención 1.100 € por certamen

  1. c) Participación como expositor en acciones comerciales emergentes de carácter temporal y presentación de productos en pop ups, córner y showrooms.

     Subvención 80% de la inversión, superior a 500 €. Máximo de subvención 1.100 € por certamen

      Máximo de inversión en el conjunto de todas las actuaciones 8.000 €

* PARA ASOCIACIONES PROFESIONALES Y EMPRESARIALES DE ARTESANOS

  1. a) Organización de ferias de artesanía en la CCAA de distintos oficios con un mínimo de 15 ediciones, incluyendo la edición en curso, que cuentes con un mínimo de un 80% de expositores de productos artesanales inscritos en el Registro de Artesanía.

Subvención: 80%. Máximo 15.000 € por certamen y 30.000 € máximo de subvención por el conjunto de actuaciones.

  1. b) Participación como expositor en ferias profesionales nacionales o celebradas en el extranjero en que no se realice venta directa con retirada de mercancía.

Subvención: 80%. Máximo 7.000 € por certamen y 15.000 € máximo de subvención por el conjunto de actuaciones.

 

 Gastos Subvencionables

* PARA TITULARES DE TALLERES ARTESANALES:

     – Alquiler del espacio expositivo, seguros y aquellos servicios de carácter básico y obligatorios.

     – Para actuaciones de la sublinea a) gastos de servicios de traducción y transporte internacional de material expositivo.

     – Para actuaciones de la sublínea b) gastos de contratación de servicios de transporte de material expositivo realizados por un transportista profesional o empresa de transporte.

* PARA ASOCIACIONES PROFESIONALES Y EMPRESARIALES DE ARTESANOS

     – Para actuaciones de la sublinea a) gastos de Infraestructura, servicios propiamente feriales y la publicidad.

     – Para actuaciones de la sublinea b) gastos de alquiler de espacio expositivo, seguros y aquellos servicios de carácter básicos y obligatorios, así como gastos de traducción y transporte internacional del material expositivo. 

Plazo de Presentación de Solicitudes

  • 1 de marzo de 2018

La presentación se realizará obligatoriamente a través del aplicativo informático en caso de Ayuntamientos y las asociaciones profesionales y empresariales de artesanos.

 

Plazo de Realización de la Actividad Subvencionable

  • Desde el 1 de enero de 2018 al 31 de octubre de 2018, con excepción de los gastos efectuados en el año 2017 exigidos para la participación en eventos expositivos del año 2018

 

Presupuesto

  • 255.000 €.

Documentación

Se remite adjunto bases reguladoras

Concurrencia competitiva

 

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