Cómo reclamar a la Seguridad Social la Tarifa Plana si eres autónomo societario

/ septiembre 11, 2020/ Noticias

Desde esta semana, los autónomos societarios pueden, por fin, acogerse a la Tarifa Plana, que hasta ahora ‘estaba reservada’ a trabajadores por cuenta propia que se dieran de alta como persona física.

Desde esta semana, los autónomos societarios pueden, por fin, acogerse a la Tarifa Plana, que hasta ahora ‘estaba reservada’ a trabajadores por cuenta propia que se dieran de alta como persona física. Esto, por tanto, supone un cambio de criterio ante la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

Este cambio del criterio interpretativo realizado por la Tesorería General de la Seguridad Social ha sido aplaudido por las asociaciones de autónomos ATA y UPTA, que han considerado que «ya era hora» de que se aplicara lo recogido en tres sentencias del Supremo.

«Con este nuevo criterio, aquellos a los que no se les aplicase la tarifa plana en su momento, tienen derecho a que se revise, para lo que tienen que solicitarlo de forma expresa a la Seguridad Social, según ha explicado el presidente de UPTA, Eduardo Abad, en un comunicado. Y es que, además de aplicarse a partir de ahora a todas las nuevas altas, también se estimarán los recursos de alzada que estén pendientes de resolución.

Cómo reclamar

Dicho de una forma más sencilla, aquellos autónomos societarios que se se hayan dado de alta en los últimos años y a los que se les negó la ayuda, pueden reclamar el dinero que pagaron indebidamente a la Seguridad Social en concepto de cotizaciones.

Según el artículo 31 de la Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo, que atañe a la Tarifa Plana dice que «la cotización a la Seguridad Social de los autónomos que causen alta inicial o que no hubieran estado en situación de alta en los dos años inmediatamente anteriores, a contar desde la fecha de efectos del alta».

Cualquier autónomo societario que cumpla esos requisitos, puede ya reclamar todo el dinero de más que ingresó a la Seguridad Social durante los 24 meses de bonificación prevista por esa ayuda.

La Tarifa Plana es un incentivo de 12 meses, los primeros desde que se causa el alta, con una cuota fija de 60 euros, los seis siguientes con una reducción del 50% de la base de cotización y los otros seis con una reducción del 30%». Así, para saber cuánto le corresponde de devolución a cada autónomo, habría que ver por qué base cotizaba en ese momento pero, de media, calcula que los autónomos societarios podrían recibir hasta 4.000 euros más los intereses. 

 

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