Las empresas pueden declarar por Sociedades hasta el 25 de julio

/ julio 17, 2018/ Noticias

A principios de este mes de julio terminaba el plazo de presentación de la Declaración de la Renta correspondiente a la Campaña de la Renta 2017. Por tanto, aunque pueden presentarla fuera de plazo si pagan el correspondiente, en general las personas físicas ya han cumplido con Hacienda.

Y ahora les toca a las empresas. Durante 21 días, desde el 4 de julio hasta el miércoles día 25 de este mismo mes, las empresas podrán presentar el Impuesto sobre Sociedades sobre los rendimientos generados en el pasado ejercicio.

Impuesto de Sociedades

Ya se encuentra activo el portal de Sociedades de la Agencia Tributaria. En él todos los interesados podrán consultar todo lo relativo a este tributo, cuya tramitación no resulta fácil y para la que se suele recomendar la búsqueda de asesores especialistas, como nosotros, que te puedan ayudar con los trámites necesarios.

El Impuesto de Sociedades es un tributo de naturaleza personal y carácter directo que grava la obtención de renta por parte de las sociedades y demás entidades jurídicas. Se aplica a los beneficios de estas entidades que tengan residencia en territorio español.

Esto se contrapone a lo que ocurre cuando la renta es obtenida por personas físicas, en cuyo caso hablamos de que el impuesto directo que el sistema tributario español establece es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

 

Tipos impositivos

El tipo general se sitúa en el 25% desde el 1 de enero del año 2016. Luego existen tipos reducidos de acuerdo a diferentes circunstancias. Por ejemplo, tipo del 15% para emprendedores, del 20% para cooperativas, del 10% para asociaciones y fundaciones o del 1% para sociedades de inversión de capital variable, fondos de inversión de carácter financiero y sociedades de inversión inmobiliaria. Pues consultar aquí todos los tipos de gravamen.

 

Declaraciones a presentar

Si tienes la obligación de tributar por este Impuesto, existen tres declaraciones que debes presentar. Todas deben realizarse por Internet, de manera obligatoria.

Modelo 200. Este es el modelo general existente para la declaración anual del Impuesto de Sociedades, que podrás realizar hasta el 25 de julio.

Modelo 202. Este es el que te permite realizar el pago fraccionado del Impuesto de Sociedades. Sin embargo, sólo debes de presentarlo si tuviste un resultado positivo en tu última declaración del modelo 200 en los meses de abril. Octubre y diciembre; así que en este periodo no sería necesario presentarlo.

Modelo 220. Es el que se utiliza para la declaración específica para el régimen de consolidación fiscal.

 

Como ya dijimos, se trata de un Impuesto con cierta complejidad, del que aquí sólo se recogen unas pinceladas básicas. Si quieres saber más o necesitas asesoramiento para su tramitación, no dudes en ponerte en contacto con nosotros y resolveremos todas tus dudas.

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